jueves, 7 de enero de 2016

STEDH asunto Zakharov c Rusia, (Nº 47143/06) de 4 de diciembre de 2015

El Tribunal aborda, más allá del concreto gravamen individual, la compatibilidad del régimen legal ruso de interceptaciones telefónicas móviles con el contenido y las garantías del artículo 8 CEDH. La conclusión es que se produce una suerte de incompatibilidad catastrófica. La sentencia, que sigue una sistemática impecable, identifica con precisión los ítems que utiliza para el análisis de compatibilidad. 

Resulta inevitable, al hilo de la sentencia Zakharov, comparar con nuestro sonrojante marco legal hasta la entrada en vigor de la LO 13/2015, que reduce los factores de incompatibilidad, pero abre otros problemas y otros riesgos de abuso y de colisión con el artículo 8 CEDH.