jueves, 23 de octubre de 2014

TS norteamericano asunto RYLEY c. CALIFORNIA de 25 de junio de 2014

Acceso policial al contenido de un teléfono móvil

En una lectura rápida, el Tribunal aunque reconoce que la decisión tendrá algún impacto en la capacidad de aplicación de la ley para combatir la delincuencia afirma que: la policía como regla general (dejando al margen posibles excepciones) no puede, sin una orden judicial, acceder a la información digital del teléfono de un individuo que ha sido detenido. 

Recoge que, antes, los agentes ocasionalmente tropezaban con un elemento muy personal como un diario; pero hoy en día muchos de los más de 90% de los adultos estadounidenses que poseen teléfonos celulares llevan un registro digital de casi todos los aspectos de sus vidas (puede remontarse a años). También que el ámbito de los intereses de privacidad en juego se complica aún más por el hecho de que en realidad pueden almacenarse los datos en un servidor remoto. 

El Tribunal, analiza varios precedentes, pero sostiene que no son aplicables a la búsqueda de información digital en un teléfono celular, la cual afecta mucho más a la privacidad que una breve búsqueda física, sin perjuicio de la necesidad de que las reglas sean.

Señala que los teléfonos celulares difieren tanto cuantitativo como en un sentido cualitativo de otros objetos que puede llevar un detenido, y tampoco, en general salvo excepciones.