Auto transformación procedimiento abreviado
Contenido objetivo y
subjetivo. El escrito de las acusaciones puede introducir adicciones
fácticas que no sean sorpresivas y nuevas calificaciones jurídicas que
no hayan sido expresamente excluidas, sin infracción del principio
acusatorio. El Ministerio Fiscal acusa de un solo delito de falsedad en
documento oficial y no es posible la condena por delito continuado de
falsedad documento público y oficial.
El contenido delimitador que tiene el auto de transformación para las
acusaciones se circunscribe a los hechos allí reflejados y a las personas
imputadas, no a la calificación jurídica que haya efectuado el
Instructor, a la que no queda vinculada la acusación sin merma de los
derechos de los acusados. En este sentido, una ampliación en el relato
histórico del escrito de acusación en relación con la descripción de
hechos contenida en dicho auto, no implica siempre una mutación
sustancial a los efectos del principio acusatorio y del correlativo
derecho de defensa. Sabido es que modificaciones de detalles o de
aspectos meramente secundarios no conculcan tales principios y
pueden ser introducidos por las acusaciones. Por tanto, en el caso
presente, que en el auto de transformación no se tipificase
expresamente el delito de falsedad en documento oficial -al hacerse
una genérica referencia a la falsedad documental en relación a la
Resolución del INSS y los informes médicos- no impide que las
acusaciones la formularan por un delito de falsedad en documento
oficial, sin que ello conculque el principio acusatorio. Sí lo vulneraría
en cambio la condena del recurrente como autor de un delito
continuado si el Ministerio Fiscal acusó por un solo delito.