jueves, 16 de enero de 2014

STS 606/2013 de 12 de julio

Procedimiento Abreviado. Falta de competencia de la AP

Audiencia Provincial que antes del inicio de las sesiones aprecia su falta de competencia entrando a valorar la concurrencia del tipo agravado del delito de estafa que determinó la apertura del juicio oral en aquel órgano judicial. Los mismos Magistrados que niegan su competencia, dedican buena parte del FJ 1º a analizar por qué no concurre ese tipo agravado a partir de la compra de 800 toneladas de alfalfa. La Sala observa que quien proclama su falta de competencia para conocer una acusación, se adentra sin disimulo en el debate de fondo acerca del juicio de tipicidad. Se olvida que la competencia es la medida de la jurisdicción de cada Juzgado o Tribunal, no un expediente para eludir un señalamiento que, por una u otra circunstancia, se considera inconveniente. Y esta conclusión no se altera -como parece sugerir la resolución recurrida- por la existencia de precedentes de otras Audiencia Provinciales que, con el mismo error de partida, quieren convertir en práctica extralegem una fórmula jurídica ajena a cualquier respaldo legal. STS de 18.7.2013, se trata de una sentencia que no acabo de ver que sea compatible con la STC Pleno de 28.2.2013 (y otras de la propia Sala II de 2012), máxime si no hay un análisis de las particulares condiciones en que se produce y sobre que es “espontáneo” o no. Homicidio. Tribunal del Jurado. 

Valor de las declaraciones espontáneas del detenido en sede policial y que son introducidas en juicio mediante la declaración de los policías que las escucharon. 

Agravante de parentesco: inexistencia de vínculo afectivo. 

Falta de acreditación de alevosía. 

Costas: no inclusión de las ocasionadas por la Acusación Popular ni por el Abogado del Estado.