Prevaricación administrativa: absolución por estimación del
recurso. Resolución arbitraria e injusta; ausencia completa del
procedimiento exigible. Enajenación de inmuebles mediante
contrato de permuta: admisible en el caso, posición defendible
en Derecho.
La STS recoge los precedentes jurisprudenciales que perfilan los
elementos del delito de prevaricación administrativa: el tipo
objetivo exige una arbitrariedad e injusticia de la resolución que
vaya más allá de la mera contradicción con el derecho. No son
delictivas todas las resoluciones administrativas que resultan
anuladas por los tribunales de la jurisdicción contencioso administrativa
por considerarlas no conformes a Derecho. El
"plus" exigible para que entre la esfera penal viene concretado
legalmente en la doble exigencia de que se trate de una
resolución injusta y arbitraria. Actúa arbitrariamente, pues, la
autoridad o funcionario público que dicta una resolución al
margen de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico,
sino puro producto de su voluntad, convertida irrazonablemente
en aparente fuente de normatividad. En el caso analizado, los
acusados aprobaron el convenio urbanístico en el que bajo la
denominación de "permuta" el Ayuntamiento entregaba la
propiedad de unos terrenos y recibía a cambio una cantidad de
dinero y la urbanización de otros terrenos de su propiedad:
tratándose de entidades locales, esta posibilidad se admite,
directa o indirectamente, por la jurisprudencia civil y
contenciosa (mediante la fórmula de la permuta de bienes
patrimoniales por obra futura) y también en algunas normativas
de ámbito autonómico, que autorizan en algunos casos la
adjudicación directa. Se absuelve así a los acusados, al ser su
actuación defendible en Derecho.
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