lunes, 4 de abril de 2016

STEDH asunto Gómez Olmeda c. España (Nº 61112/12) de 29 de marzo de 2016

En el presente caso el demandante fue condenado por desobediencia grave a seis meses de prisión por un juzgado de primera instancia, desestimándose otros cargos. El juez consideró acreditado que, en su calidad de administrador de la web en la que se publicaron declaraciones difamatorias, el demandante ignoró de forma deliberada las solicitudes de la policía de no alterar dichas declaraciones, por lo que incurrió en desobediencia grave. Pero, por el contrario, no consideró perpetrados los delitos de calumnias e injurias.

La sentencia fue recurrida ante la Audiencia Provincial por la acusación y el acusado. No se solicitó vista previa. La Audiencia Provincial por su parte se limitó a ver el vídeo de la vista en primera instancia. En la sentencia de apelación se condena ex novo por los delitos de calumnias e injurias, condenando al pago de una multa. El demandante interpuso un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que fue inadmitsdo por falta de relevancia constitucional.

Respecto a la supuesta vulneración del artículo 6.1 (derecho a un proceso equitativo) del Convenio, el Tribunal considera que, basándose en casos similares, una vista es necesaria con el fin de examinar y evaluar de nuevo los hechos probados en primera instancia si se desea imponer una condena respecto de un asunto en el que previamente existió una absolución, siempre que la cuestión debatida no fuere esencialmente jurídica.

Respecto a la aplicación del artículo 41 (satisfacción equitativa) del Convenio, el Tribunal declara que España debe abonar al demandante sendas indemnizaciones por daños morales y por las costas incurridas.

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