Interpretación de normas procesales no rigorista, excesivamente formalista o desproporcionada
Tutela Judicial efectiva derecho al ejercicio de la Acusación particular. Diligencia de ordenación que, sin motivar y sin ser notificada al interesado, excluye a quien venía ejerciendo la acción penal, al haberse visto afectado por la renuncia de su abogado y procurador y no tramita su petición de justicia gratuita. Infracción del art. 21 de la Ley de Justicia Gratuita (ley 1/1996, 10 de enero).
Importancia de que la normativa procesal no se interprete de forma rigorista, excesivamente formalista o desproporcionada en relación con los fines que preserva y los intereses que se sacrifican cuando se trata del acceso a la jurisdicción. Se anulan las resoluciones lesivas y se obliga a la celebración de un nuevo juicio ante distinto tribunal.