Prevaricación
administrativa: absolución por estimación del recurso. Resolución arbitraria e
injusta; ausencia completa del procedimiento exigible. Enajenación de inmuebles
mediante contrato de permuta: admisible en el caso, posición defendible en
Derecho.
La STS
recoge los precedentes jurisprudenciales que perfilan los elementos del delito
de prevaricación administrativa: el tipo objetivo exige una arbitrariedad e
injusticia de la resolución que vaya más allá de la mera contradicción con el
derecho. No son delictivas todas las resoluciones administrativas que resultan
anuladas por los tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa por
considerarlas no conformes a Derecho. El "plus" exigible para que
entre la esfera penal viene concretado legalmente en la doble exigencia de que
se trate de una resolución injusta y arbitraria. Actúa arbitrariamente, pues,
la autoridad o funcionario público que dicta una resolución al margen de la
Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, sino puro producto de su
voluntad, convertida irrazonablemente en aparente fuente de normatividad. En el
caso analizado, los acusados aprobaron el convenio urbanístico en el que bajo
la denominación de "permuta" el Ayuntamiento entregaba la propiedad
de unos terrenos y recibía a cambio una cantidad de dinero y la urbanización de
otros terrenos de su propiedad: tratándose de entidades locales, esta
posibilidad se admite, directa o indirectamente, por la jurisprudencia civil y
contenciosa (mediante la fórmula de la permuta de bienes patrimoniales por obra
futura) y también en algunas normativas de ámbito autonómico, que autorizan en
algunos casos la adjudicación directa. Se absuelve así a los acusados, al ser
su actuación defendible en Derecho.