martes, 12 de febrero de 2013

Hacía la optimización procesal de la ejecución penal: Juzgados de lo Penal de Cartagena

Artículo de FERNANDO DE LA FUENTE HONRUBIA. Magistrado.


1.- INICIO Y GÉNESIS DEL PROYECTO

1.1.- El Proyecto de las “Sesiones de Ejecución Penal” de los Juzgados de lo Penal de Cartagena se inició el 28 de octubre de 2011 y fue aprobado como proyecto piloto en sesión celebrada el día 15 de noviembre de 2011 por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el ámbito del Expediente Gubernativo 360/2011 con una duración de seis meses.

1.2.- El objeto del proyecto era reducir y minimizar la pendencia y duración de la tramitación de las ejecutorias de los Juzgados de lo Penal. Los Juzgados de lo Penal de Cartagena sufren una importante sobrecarga de trabajo como consecuencia de ser los encargados de la ejecución no sólo de sus propias sentencias, sino también de las sentencias de conformidad dictadas por los Juzgados de Instrucción de Cartagena y San Javier. El número de asuntos cada vez es mayor en atención al número de juzgados de instrucción existentes y a la elevada población del partido judicial. A ello hay que unir que los Juzgados de lo Penal tienen dos funcionarios menos que los Juzgados de Primera Instancia y un funcionario menos que los Juzgados de Instrucción.

1.3.- La finalidad del proyecto era evitar una tramitación excesiva de las ejecutorias como consecuencia de una sucesión de trámites que sin embargo podían solventarse en una unidad de acto. Por este motivo la actuación se centró fundamentalmente en la ejecución de penas privativas de libertad inferiores a dos años de duración, que son las susceptibles, en principio, de no cumplirse por la obtención de beneficios tendentes a la reinserción y resocialización del penado (suspensión de la ejecución de la pena o sustitución por penas que no impliquen ingreso en prisión). Estas causas son las causantes de una importante pendencia en los Juzgados de lo Penal, y, sobre todo, originan una situación no deseada al producirse durante su tramitación el inconveniente de no comenzar su cumplimiento mientras se decide la concesión o no de dichos beneficios, con la consiguiente incertidumbre para el penado y dificultades para el Juzgado en hacer cumplir de forma efectiva la sentencia.