martes, 8 de enero de 2019

STEDH caso Toranzo Gómez c España (Nº 26922/14) 20 de noviembre de 2018


Resumen: Libertad de expresión: vulneración existente. Una condena por calumnias


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos declara, por unanimidad, que ha habido:

violación del artículo 10 (libertad de expresión) CEDH

El caso traba sobre la condena del demandante por calumnias, basada en que había acusado de torturas a los agentes de policía.

En concreto, el el TEDH ha considera que intentar retirar al solicitante de un túnel improvisado mediante una cuerda, mientras hacía una sentada en un centro social, como hizo la policía, constituyó para él, probablemente , causa de dolor y angustia. Más tarde describió este tratamiento como una tortura, palabra sobre la que los tribunales españoles centraron su análisis, para terminar por declararle culpable de calumnias a los dos policías. 

Sin embargo, los tribunales españoles analizaron las palabras del caso concreto fundándose en una definición jurídica excesivamente estricta de la palabra tortura, mientras que, por el contrario, el demandante, la había entendido en un sentido familiar, para describir una fuerza excesiva. El demandante fue condenado a una pena de multa ; o a una de prisión en caso de impago que supone una pena excesiva que tiene un efecto disuasorio del ejercicio de la libertad de expresión, por lo que se ha vulnerado el Artículo 10. CEDH.