lunes, 24 de septiembre de 2018

Auto TS 2 de marzo de 2018

Auto dictado por el TS, ponente Luciano Varela, inadmitiendo la querella que se interpuso contra la jueza de la AN, Carmen Lamela, por prevaricación por estas dos resoluciones: 


  • por declararse competente para conocer una causa por delito de rebelión que no es competencia de la AN porque no es un delito contra la forma de Gobierno. 
  • Por acordar la prisión provisional de los ocho Consellers sabiendo que el TS ya había admitido la querella por los mismos hechos, debiéndose haber inhibido, y sin darles tiempo a estudiar la querella. 

El TS considera que las opiniones, concretamente de JpD en su comunicado y de los profesores universitarios en su manifiesto, carecen de autoridad. 

Concluye que no hay prevaricación en ninguna de las resoluciones. En cuanto a la prisión, porque hubo petición del fiscal, se celebró la comparecencia del art. 505 Lecrim, que debe celebrarse en el plazo más breve posible una vez a disposición del juez los investigados, con acceso de las defensas a las actuaciones. Las defensas pueden formular alegaciones y proponer prueba y no se causa indefensión ya que se en cuanto a su declaración en relación con la imputación de la querella cabe el derecho a negarse a declarar. Ninguna de las dos son arbitrarias ya que incluso la FGE consideraba que era competencia de la AN.