lunes, 16 de noviembre de 2015

STEDH asunto Lyubushkin c. Rusia (Nº 6277/06) de 22 de octubre de 2015

Interesante STEDH, sobre el alcance de la garantía de rápida revisión de las situaciones de privación de libertad reconocida en el artículo 5.4 CEDH. 

En el caso, se tardaron tres, cuatro y seis meses en la revisión por un tribunal superior de cada una de las resoluciones de constitución y mantenimiento de la prisión provisional que fueron recurridas lo que ofrecía pocas dudas de violación. Pero el TEDH, invoca, también, el estándar Mamedova de adecuación temporal, recordando que la tardanza de 26 días ya puede ser fuente de lesión.