Sobre imparcialidad ex artículo 6.1 CEDH -en el caso la
tacha se deriva del expreso apoyo de un juez a otra jueza en
un asunto mediático en el que una de las partes reclamaba
sanciones disciplinarias contra ella, que años después
compone la sala de casación que resuelve del recurso
interpuesto por la abogada sancionada penalmente por criticar
a la referida jueza L.L- y sobre libertad de expresión de
los abogados ex artículo 10 CEDH -que en el caso
se considera que no protege las descalificaciones vertidas por
la Sra. Morice contra la Jueza LL y el Juez M-. (FRANCÉS)