Revocación de suspensión por nuevo delito en periodo de suspensión
PENALIDAD: Suspensión de la ejecución de las privativas de libertad:
revocación de la suspensión: comisión de un nuevo delito durante el
periodo de suspensión: hechos ocurridos hace casi seis años,
habiendo satisfecho la responsabilidad impuesta solicitada: perjuicios
evidentes del ingreso en prisión por cumplir la pena de seis meses
impuesta: estudio de la posible sustitución, en tanto en cuanto la
pena todavía no se ha iniciado.